SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0393/2013-L
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0393/2013-L

Fecha: 27-May-2013

denegó

El Juez de Partido y Sentencia de la provincia Ichilo, en suplencia legal del Juez de misma materia de la provincia Germán Bush del Distrito Judicial -ahora departamento- de Santa Cruz, constituido en Juez de garantías, mediante Resolución 14/011 de 13 de septiembre de 2011, cursante de fs. 13 a 15, denegó la tutela solicitada; bajo los siguientes razonamientos: 1) En caso de existir norma expresa que prevea mecanismos intraprocesales efectivos y oportunos de defensa, deben ser utilizados previamente antes de activarse la tutela constitucional; 2) El art. 54 inc. 1) del CPP, atribuye al Juez de Instrucción en lo Penal, la función de ejercer control jurisdiccional durante el desarrollo de la investigación, respecto a la Fiscalía y a la Policía; 3) Cuando se denuncien lesiones a derechos fundamentales cometidos en la etapa preparatoria, la autoridad que debe conocer la denuncia, es el Juez cautelar que se encuentra a cargo del control jurisdiccional; 4) Si el accionante, consideró que el Fiscal de Materia demandado, ordenó ilegalmente su arresto y que Iván Castro Huanca, acató dicha orden, debió presentar de inmediato sus reclamos ante el Juez cautelar y no así acudir a la vía constitucional; y, 5) No se evidencia que el ahora accionante, haya acudido ante la referida autoridad judicial, para efectuar el control jurisdiccional en la etapa de la investigación; por lo que al no haber procedido de esa manera, corresponde denegar la tutela solicitada, todo ello en mérito al principio de subsidiariedad.