SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0551/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0551/2013

Fecha: 15-May-2013

a)

Elvis Isaac López Moya, Juez de Partido en lo Penal, Liquidador y de Sentencia de Quillacollo del departamento de Cochabamba, en audiencia refirió: a) Como consecuencia de la aplicación de una medida cautelar de carácter personal impuesta por la Jueza de Instrucción de Tiquipaya, estableció la concurrencia de los requisitos de los arts. 233 inc. 1); 234 incs.) 1, 2, 4, 8 y 10; y el  art. 235 inc. 1) y 2), todos del Código de Procedimiento Penal (CPP), se dispuso la detención preventiva de la representada del accionante; b) Ante la solicitud de cesación a la detención preventiva, fijó la audiencia dentro de las veinticuatro horas, observando siempre la agenda del Juzgado, toda vez que la sobrecarga laboral y la apretada programación de audiencias, lamentablemente hizo imposible fijar audiencia dentro de los tres días; sin embargo, se desarrolló la mencionada audiencia haciendo una valoración de todas las pruebas y con la convicción de que no se desvirtuó los riesgos procesales, dispuso éste su rechazo; c) La defensa Técnica interpuso el recurso de apelación en audiencia, por lo que dispuso, que una vez elaborada el acta, el cuadernillo incidental sea remitido ante el Tribunal Departamental de Justicia; motivo por el que la secretaria del juzgado haciendo un espacio en audiencia ordenó al pasante cooperar con la remisión; d) El tema de que la accionante se haya encontrado en gestación o con un bebé, debería ser valorado por otra autoridad; y, e) En cuanto a la solicitud de emisión de antecedentes ante el Consejo de la Magistratura y al Fiscal de Distrito, pide su denegatoria, por cuanto se remitió el cuadernillo incidental ante el Tribunal Departamental de Justicia, para considerar la petición de cesación a la detención preventiva y disponer que la secretaria remita la apelación formulada, refirió que no se ha tenido tiempo conforme lo establece la jurisprudencia constitucional.