Sentencia Constitucional Plurinacional: 0552/2013 de 15 de mayo
Fecha: 15-May-2013
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Para una mejor comprensión de los fundamentos de esta disidencia, su argumentación desarrollarálos siguientes puntos temáticos que hacen a la problemática planteada: 1)La reafirmación del Estado Unitario Social de Derecho Plurinacional Comunitario, como Estado Constitucional de Derecho; 2) El marco constitucional de las regalías y sus presupuestos; y,3)Los puntos de quiebre de la Sentencia motivo de esta disidencia.
1. La Ley de Hidrocarburos (LH), en su art. 138 define a las regalías como la compensación económica obligatoria pagadera al Estado, en dinero o en especie, en favor de los departamentos productores por la explotación de sus recursos naturales no renovables de manera concordante con el art. 351.VI de la CPE, que establece que las regalías por el aprovechamiento de los recursos naturales son un derecho y una compensación por su explotación, debiendo tal derecho ser regulado por la Constitución y la Ley.
- Interpuesto por
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- procesos en construcción que confluyan en la materialización de un nuevo modelo de Estado compuesto:
- la Constitución es concebida como fuente primaria del ordenamiento jurídico y a la vez Norma Suprema directamente justiciable
- la funcionalidad de la Constitución
- los derechos fundamentales y garantías constitucionales se edifican en la plurinacionalidad, la interculturalidad y el pluralismo,ingresando en este proceso de irradiación y de confluencia que permita complementarlos, enriquecerlos, renovarlos y siempre fortalecerlos en sus contenidos esenciales.
- expresa la esencia del reconocimiento de los derechos fundamentales
- Las regalías por el aprovechamiento de los recursos naturales son un derecho y una compensación por su explotación, y se regularán por la Constitución y la Ley”.
- I.3. Lo resuelto por la Sentencia Constitucional Plurinacional
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- la transformación del Estado boliviano en Estado Plurinacional con autonomías, implica el establecimiento de una nueva estructura y organización territorial y funcional del Estado, basado en la distribución ordenada de funciones y asignación de competencias entre los diferentes niveles de gobierno para la óptima ejecución de los fines y funciones del Estado
- 1.Facultad legislativa.
- 2.Facultad reglamentaria.
- 3.Facultad ejecutiva.
- en las competencias privativas únicamente el nivel central del Estado es el titular de las tres facultades; es decir, el nivel central: elabora la ley, a través de la Asamblea Legislativa Plurinacional, reglamenta la ley y ejecuta la competencia a través del Órgano Ejecutivo. Ninguna de las facultades puede ser transferida ni delegada a otro nivel de gobierno