SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0568/2013
Fecha: 21-May-2013
el objeto
En este estado de cosas, corresponde ahora precisar con claridad el objeto y la causa de la presente acción; en ese orden, se tiene que el objeto de la activación de este mecanismo de defensa, es la petición de tutela constitucional para el resguardo de los derechos al trabajo y a la salud consagrados en los arts. 35, 36.I y 46.I de la CPE; asimismo, la causa, es decir, el acto denunciado como lesivo a los derechos de la parte accionante, en la especie constituye el memorándum 479/2012 de 13 de junio, mediante el cual el Gobierno Municipal de Sucre, en previsión al art. 5 inc. c) de la LM, agradeció sus servicios prestados a esa entidad edilicia en calidad de chofer dependiente de Maestranza Municipal de ese Municipio.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- II.2.
- II.3.
- el objeto
- III.1. La acción de amparo constitucional. Su configuración
- III.2. El servidor público, su distinción en el marco del Estatuto del Funcionario Público y su Reglamento, su condición dentro el ámbito municipal
- III.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR