Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0568/2013
Fecha: 21-May-2013
II.2.
II.2. Mediante memorándum 479/2012 de 13 de junio, emitido por Moisés Rosendo Torres Chivé, Alcalde y Santos Llanos Gutiérrez, Jefe de Recursos Humanos, agradecieron los servicios del ahora accionante, apoyando su disposición en el marco de lo preceptuado por el art. 233 de la CPE y el art. 44. inc. 6) de la Ley de Municipalidades (LM) (fs. 2).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- II.2.
- II.3.
- el objeto
- III.1. La acción de amparo constitucional. Su configuración
- III.2. El servidor público, su distinción en el marco del Estatuto del Funcionario Público y su Reglamento, su condición dentro el ámbito municipal
- III.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR