SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0572/2013
Fecha: 21-May-2013
III. FUNDAMENTOS JURIDÍCOS DEL FALLO
Los accionantes, alegan que han interpuesto la presente acción de libertad, toda vez que los demandados Director y Secretaria del penal “San Sebastián” varones del departamento de Cochabamba, han vulnerado el derecho de los accionantes a la libertad, al no recepcionar ni ejecutar las órdenes instruidas y los mandamientos de libertad librados a favor de los accionantes Eleuterio Huanco Vargas, Ramiro Toaca Torricos y Victor Vaca Onarri, condicionando su cumplimiento a la presencia de un Oficial de Diligencias, sin tener presente que son funcionarios públicos dependientes del SENADEP, y que tanto las órdenes instruidas como los mandamientos comisionan a “cualquier funcionario público hábil y no impedido” para su ejecución. En consecuencia, corresponde determinar si los extremos demandados son evidentes para conceder o denegar la tutela solicitada.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- “concedió”
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURIDÍCOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2. Sobre la celeridad procesal
- III.3. La inmediata ejecución del mandamiento de libertad y el deber jurídico de las Gobernaciones de cárceles o centros penitenciarios
- III.4. El caso en examen
- CONFIRMAR en parte