SENTENCIA CONSTITUCIONAL PlurinacionaL 0625/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PlurinacionaL 0625/2013

Fecha: 27-May-2013

II.1.

II.1.    Según el informe oral (fs. 69 a 70), expuesto por la Jueza demandada en la audiencia de acción de libertad, la misma indica que señaló las audiencias solicitadas por el accionante; sin embargo, tuvo que suspender las mismas por diferentes motivos, como ser: i) La ausencia del imputado a la primera audiencia programada para el 2 de enero de 2013; ii) La suspensión de la audiencia del 4 del mismo mes y año, debido a la inasistencia del Fiscal de Materia asignado al caso; iii) Suspensión de la audiencia programada para el 10 de enero, por una confusión en el señalamiento del día de la audiencia, ya que en el oficio que se remitió al Gobernador del centro Penitenciario de Palmasola, para el traslado del imputado se consignó “viernes 10 de enero”, cuando lo correcto era jueves; y, iv) No se señaló audiencia para el 11 del mismo mes y año, ante la imposibilidad que tenía el Fiscal de Materia de asistir a la misma, al tener otra audiencia programada, que consideraba más importante (caso Ostreicher), fijando la fecha hasta la siguiente semana (14 de enero de 2013).