SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0627/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0627/2013

Fecha: 27-May-2013

II.6.

II.6.  Por informe de 4 de junio de 2012 dirigido a la Jefa Departamental de Trabajo, Empleo y Previsión Social, Giovanna Maldonado Moscoso, en cumplimiento al memorándum de verificación Cite JDT/CBBA/RI/IV/34/2012 de 29 de mayo, la Inspectora Departamental Edith Mendoza Fernández, informó el incumplimiento de la reincorporación instruida a la UMSS (fs. 25) y mediante nota de 14 de junio del año referido, enviada al accionante, la Jefa Departamental de Trabajo, señaló que en mérito a lo dispuesto en el DS “0496/2010” modificado por el DS “0012/09” de 1 de mayo de 2009 y DS “495/10”, las partes deben acudir a la vía llamada por ley para hacer valer sus derechos y de conformidad al art. 69 inc. b) de la Ley de Procedimiento Administrativo (LPA), queda agotada la vía administrativa (fs. 26).