SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0635/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0635/2013

Fecha: 28-May-2013

denegando

Concluida la audiencia, la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, constituida en Tribunal de garantías, pronunció la Resolución 17/13 de 11 de marzo de 2013, cursante de fs. 179 a 180 vta., denegando la acción de amparo constitucional, con los siguientes argumentos:                   1) Efectivamente existe una relación obrero patronal entre la parte accionante y la parte demandada; 2) No existe duda que entre medio de la ruptura obrero patronal, existe un menor de edad, porque la accionante demostró que estaba en etapa de embarazo a tiempo de presentarse la controversia laboral y que existen normas constitucionales y jurídicas que protegen a la mujer embarazada y al menor nacido hasta su primer año de vida; 3) Existe una controversia clara entre ambas partes porque la accionante manifiesta que habría presentado una renuncia en forma obligada, y la parte demandada señala que fue una renuncia voluntaria; 4) Existe una demanda radicada en el juzgado laboral, instancia que es competente para dilucidar la controversia a través de un análisis claro y preciso conforme al debido proceso; una audiencia de amparo constitucional, como ésta, no puede determinar estos extremos; y, 5) En el caso corresponde aplicar el principio de subsidiariedad, debido a que la justicia ordinaria es la competente para dilucidar la controversia y dar protección al menor que se encuentra con la salud quebrantada; y por otra también habría inmediatez debido a que la accionante no habría interpuesto la acción dentro el plazo de los seis meses que establece la ley.