SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0647/2013
Fecha: 28-May-2013
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El representante de la accionante, alega la vulneración de su derecho a la libertad de locomoción, señalando que no obstante a que en el Hospital Materno Infantil “Germán Urquidi”, le dieron alta médica, el 27 de diciembre de 2012, luego de su intervención quirúrgica, suscitada a raíz de un hecho de tránsito, no logró sacarla de dicho nosocomio, por cuanto la autoridad demandada, sin considerar que el SOAT desembolsó a favor del indicado Hospital, la suma de Bs.24 000.-, la estuviese reteniendo indebidamente como si fuese objeto de deuda, bajo el argumento que previamente debe cancelar el monto total de lo adeudado como consecuencia de la internación y tratamientos médicos, que asciende a la suma de Bs.32 000.-.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- concedió
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de libertad y presupuestos de activación
- Fragmento 11
- III.2. Sobre el ámbito de protección de la acción de libertad ante la retención de pacientes en centros hospitalarios públicos y privados
- III.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR