SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0666/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0666/2013

Fecha: 29-May-2013

a)

Elías Fernando Ganam Cortez y Félix Peralta Peralta, Vocales de la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, presentaron informe escrito cursante de fs. 9 a 10, donde manifestaron: a) Como consecuencia del recurso de apelación realizada por la parte querellante el 30 de julio de 2012, se emitió el Auto de Vista 88/2012 de 8 de agosto, por el que se dispuso revocar la decisión asumida por el Juez a quo, ordenando la detención preventiva de María Luisa Aliaga Mita; b) La parte accionante interpuso acción de libertad contra las autoridades -ahora demandadas-, la misma fue concedida por la Sala Penal Primera, disponiendo dejar sin efecto el Auto de Vista 88/2012 y ordenando se dicte una nueva debidamente motivada y fundamentada, notificados con dicha Resolución “01/2013” (sic) de acción de libertad, conforme a procedimiento se señaló audiencia pública para considerar la apelación; c) La accionante señaló que el 6 de febrero de 2013, presentó un memorial de recusación, el mismo que fue rechazado in límine por la Sala Penal Segunda, con lo que consideró vulnerado su derecho al debido proceso, sin embargo dicho rechazo in límine se encuentra conforme a procedimiento, por cuanto la recusación fue utilizada como un medio dilatorio y manifiestamente improcedente; y, d) Con relación a la vulneración del derecho a la libertad de locomoción, a la vida, al debido proceso, a la certidumbre jurídica, la igualdad y la tutela jurídica, no son evidentes ya que en audiencia la imputada fue defendida por sus abogados, por ello se emitió la Resolución “31/2013” (sic), no habiéndose vulnerado ningún derecho o garantía constitucional.