SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0666/2013
Fecha: 29-May-2013
II.4.
II.4. El 6 de febrero de 2013, la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, dictó la Resolución 31/2013, por la cual revocó el fallo 293/2012, dictada por el Juez Tercero de Instrucción en lo Penal, ordenando la detención preventiva de María Luisa Aliaga Mita en el Centro de Orientación Femenina de Obrajes, de conformidad a lo dispuesto por los art. 233.2, 234.1.4.5 y 235.2 todos del CPP; al haber efectuado una valoración integral de todos los elementos presentados en audiencia de apelación de medidas cautelares, tanto del Ministerio Público como de las partes, estableciendo la concurrencia de los riesgos procesales de fuga y de obstaculización que hacen viable la aplicación de la medida de última ratio de la accionante, al existir una imputación formal requerida por la autoridad fiscal (fs. 76 a 80).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- denegando
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre los principios ético morales de la sociedad plural y los valores que sustenta el Estado boliviano
- III.2. El derecho a la libertad personal en la Constitución Política del Estado
- III.2.1. De la acción de libertad
- III.2.2. La acción de libertad en el Código Procesal Constitucional
- III.3. Sobre el debido proceso y el procesamiento indebido
- III.4. Sobre la fundamentación y motivación que deben contener las resoluciones judiciales
- III.5. Sobre la valoración de la prueba, atribución privativa de los tribunales ordinarios
- III.6. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR