SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0666/2013
Fecha: 29-May-2013
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El representante sin mandato de María Luisa Aliaga Mita alegó que las autoridades demandadas vulneraron los derechos de esta última, al debido proceso, a la certidumbre e igualdad jurídica, a la libertad de locomoción, a la vida y a la dignidad, por cuanto al haber revocado la Resolución 293/2012 de 6 de junio, dictada por el juez de la causa, dispusieron la detención preventiva de la accionante, incumpliendo la Resolución “01/2013” de acción de libertad, que ordena se emita una nueva resolución debidamente motivada y fundamentada. Por consiguiente, corresponde dilucidar en revisión, si los hechos denunciados son evidentes y si constituyen actos ilegales con el fin de conceder o denegar la tutela solicitada.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- denegando
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre los principios ético morales de la sociedad plural y los valores que sustenta el Estado boliviano
- III.2. El derecho a la libertad personal en la Constitución Política del Estado
- III.2.1. De la acción de libertad
- III.2.2. La acción de libertad en el Código Procesal Constitucional
- III.3. Sobre el debido proceso y el procesamiento indebido
- III.4. Sobre la fundamentación y motivación que deben contener las resoluciones judiciales
- III.5. Sobre la valoración de la prueba, atribución privativa de los tribunales ordinarios
- III.6. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR