SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0668/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0668/2013

Fecha: 29-May-2013

II.3.

II.3.  Mediante comunicación interna URN y AP 737/2012 de 29 de noviembre, la Unidad de Recursos Naturales y Áreas Protegidas del Gobierno Autónomo Departamental de Cochabamba, informó sobre la inspección que realizó a la comunidad Curzani en atención a la denuncia realizada por Bernabé y Anacleto Rojas Quinteros contra Antonio Jaime y José Rember Galindo García sobre un corte de agua potable y de riego y la obstrucción de canales de riego que habrían sufrido pos parte de los denunciados; dicho informe coligió las siguientes conclusiones: a) Se verificó la interrupción de agua de riego a los cultivos de alfalfa, arveja, papa y durazneros, existentes en las parcelas de los denunciantes; asimismo, se evidenció el corte de agua potable a una vivienda; b) El corte de líquido elemento según los denunciados que fueron entrevistados en las oficinas del Gobierno Autónomo Municipal de Punata, fue ejecutado por disposición del Sindicato Agrario de Curzani, debido al desacato de los denunciantes, a la cuota que se determinó Bs800.- (ochocientos bolivianos), que fue determinado como contraparte del proyecto de mejoramiento de caminos de la comunidad; y, c) Se verificó la existencia de una tranca en el ingresó a la comunidad de Curzani, encontrándose con candado y a cargo de un tranquero que limita el libre tránsito de las personas (fs. 29 a 32).