Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0105/2013-RCA
Fecha: 17-Jun-2013
CONFIRMAR
La Comisión de Admisión del Tribunal Constitucional Plurinacional, en virtud a la jurisdicción y competencia que le confiere el art. 30.III del Código Procesal Constitucional, en revisión resuelve: CONFIRMAR la Resolución de 25 de abril de 2013, cursante a fs. 89 y vta., pronunciada por la Sala Civil Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, constituida en Tribunal de garantías.
- I.1. Síntesis de los hechos que la motivan
- sin antes no han sido restituidos en propiedad a sus propietarios
- I.3. Petitorio
- Fragmento 4
- Fragmento 5
- II.1. Marco normativo constitucional y legal
- siempre que el ordenamiento jurídico ordinario no prevea un medio idóneo y expedito para reparar la lesión producida.
- cuando no se utilizó un medio de defensa previsto en el ordenamiento jurídico
- CONFIRMAR