AUTO CONSTITUCIONAL 0105/2013-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0105/2013-RCA

Fecha: 17-Jun-2013

Fragmento 4

La Sala Civil Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, constituida en Tribunal de garantías, por Resolución de 25 de abril de 2013, cursante a fs. 89 y vta., declaró improcedente in limine la acción de amparo constitucional, argumentando que el demandante con carácter previo debe necesariamente agotar todos los medios ordinarios previstos por ley, para acudir a la acción de amparo constitucional, no correspondiendo a la justicia constitucional pronunciarse sobre los hechos o actos ilegales que pudieron ser reparados y restituidos por otros recursos, como impone el carácter subsidiario.