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    AUTO CONSTITUCIONAL 0122/2013-RCA
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    AUTO CONSTITUCIONAL 0122/2013-RCA

    Fecha: 28-Jun-2013

    I.2. Derechos y principios supuestamente vulnerados

    La representante legal de la empresa accionante, estima vulnerados sus derechos al trabajo, a la defensa, al debido proceso, a la igualdad en su elemento de imparcialidad, a la petición y al principio de seguridad jurídica, citando al efecto los arts. 24, 115.II, 117.I 119.I y 120.I de la Constitución Política del Estado (CPE).

    • Fragmento 1
    • I.1. Síntesis de los hechos que la motivan
    • I.2. Derechos y principios supuestamente vulnerados
    • I.3. Petitorio
    • improcedente in limine
    • Fragmento 6
    • II.1.  Marco normativo constitucional y legal
    • siempre que no exista otro medio o recurso legal para la protección inmediata de los derechos y garantías restringidos, suprimidos o amenazados
    • la parte accionante debe haber utilizado hasta agotar todos los medios y recursos legales idóneos para la tutela de sus derechos que tenga expeditos en la vía administrativa o jurisdiccional, pues donde se deben reparar los derechos lesionados
    • II.3.  Análisis de la Resolución elevada en revisión
    • contra toda clase de resolución de carácter definitivo o actos administrativos que tengan carácter equivalente
    • CONFIRMAR

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