Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0124/2013-RCA
Fecha: 28-Jun-2013
a)
Solicita se declare procedente la acción, disponiendo lo siguiente: a) Se le restituyan sus derechos al debido proceso y a una sentencia justa y correcta, b) La nulidad de la segunda sentencia, dictándose otra en apego estricto a la ley y al debido proceso, en su caso quede sin efecto lo obrado en el proceso laboral hasta el memorial de contestación, declarándose la rebeldía del demandado; y, c) Se culmine el proceso con una nueva sentencia que dé lugar al pago de sus haberes, beneficios sociales y horas extras de acuerdo a lo planteado en su demanda.
- acción de amparo constitucional
- I.1. Síntesis de los hechos que la motivan
- a)
- improcedente
- II.1. Marco normativo constitucional y legal
- siempre que no exista otro medio o recurso legal para la protección inmediata de los derechos y garantías restringidos, suprimidos o amenazados
- no procederá cuando exista otro medio o recurso legal para la protección inmediata de los derechos y garantías restringidos, suprimidos o amenazados de serlo
- II.2. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR