En relación a la SCP 0925/2013 de 20 de junio, realizar algunas consideraciones de orden conceptual enmarcadas al alcance del control competencial de constitucionalidad.
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

En relación a la SCP 0925/2013 de 20 de junio, realizar algunas consideraciones de orden conceptual enmarcadas al alcance del control competencial de constitucionalidad.

Fecha: 20-Jun-2013

3)

3)  Finalmente, la sentencia objeto del presente voto disidente, en el análisis del caso concreto, realiza un análisis que excede el objeto del conflicto de competencias jurisdiccionales, así, en el Fundamento Jurídico III.10 de manera expresa se indica lo siguiente: “En ese sentido, si bien el querellante Salomón Condori Leniz, arguye mediante fotocopias simples (fs. 18 a 35), que los predios en conflicto, son terrenos de carácter hereditario por sus abuelos, al presente han sido sometidos a saneamiento conforme a la Conclusión II.5 de esta Sentencia Constitucional Plurinacional, denominados como echaderos comunales y de pastoreo, aspectos que no guaran relación con los delitos denunciados ante la justicia ordinaria, toda vez que no involucra a un derecho propietario individual, dado que ese aspecto de redistribución de tierras es una modalidad de derecho a la propiedad común de conformidad a los arts. 3 de la Ley 1715, 393 y 394.III de la CPE, que autoriza la distribución y redistribución de tierras al interior de la comunidad, debe ser en conformidad a sus normas y procedimientos” (sic) (resaltado propio).