dispuso anular el acta de intervención de la Aduana Nacional de Bolivia que sirvió para tomar la declaración informativa de los imputados y la consiguiente imputación
Resulta relevante citar un fragmento del informe presentado por Margot Pérez Montaño, Jueza Cuarta de Instrucción en lo Penal, que afirmó: “Planteado el incidente de actividad procesal defectuosa, mediante Resolución 494/2011, se aceptó el mismo y se dispuso anular el acta de intervención de la Aduana Nacional de Bolivia que sirvió para tomar la declaración informativa de los imputados y la consiguiente imputación…” (sic) (el resaltado me corresponde); por ende, al haberse dejado sin efecto el acto base del inicio de la investigación, correspondía pronunciarse sobre la libertad de los accionantes sin espera de renovación u ejecutoria de la decisión, puesto que después de la vida éste es un derecho fundamental consagrado y protegido por la Norma Suprema, debiéndose aplicar la naturaleza reparadora de la acción de libertad expuesta en el Fundamento II.2 del presente voto disidente.
- Partes: Luz Mónica Rivero Vera
- I. ANTECEDENTES CON RELEVANCIA JURÍDICA
- REVOCA en parte
- Fragmento 4
- un voto disidente implica un desacuerdo que incide y se traduce en el decisum o decisión, o en una ratio decidendi o rationes decidendis,
- II.2. Naturaleza jurídica de la acción de libertad
- Fragmento 7
- II.3. Exposición de los motivos de la desavenencia
- violaciones de los derechos fundamentales de las personas
- dispuso anular el acta de intervención de la Aduana Nacional de Bolivia que sirvió para tomar la declaración informativa de los imputados y la consiguiente imputación
- REVOCAR en parte
