Fragmento 4
Previo a la emisión de la presente resolución, considero prudente mencionar la particularidad del voto disidente y la aclaración de voto; al respecto, en la fundamentación de voto correspondiente a la SCP 0049/2012 de 26 de marzo, se abordó el tema de la siguiente manera:“La disidencia de un magistrado a una decisión no sólo representa un ejercicio legítimo a su libertad de pensamiento y consiguientemente libertad de expresión, sino que resulta ser una de las exteriorizaciones de la 'pluralidad y pluralismo' que nuestra Constitución no solo reconoce, sino gestiona.
- Partes: Luz Mónica Rivero Vera
- I. ANTECEDENTES CON RELEVANCIA JURÍDICA
- REVOCA en parte
- Fragmento 4
- un voto disidente implica un desacuerdo que incide y se traduce en el decisum o decisión, o en una ratio decidendi o rationes decidendis,
- II.2. Naturaleza jurídica de la acción de libertad
- Fragmento 7
- II.3. Exposición de los motivos de la desavenencia
- violaciones de los derechos fundamentales de las personas
- dispuso anular el acta de intervención de la Aduana Nacional de Bolivia que sirvió para tomar la declaración informativa de los imputados y la consiguiente imputación
- REVOCAR en parte
