violaciones de los derechos fundamentales de las personas
El efecto de haberse declarado probado el incidente de actividad procesal defectuosa por defecto absoluto planteado por los accionantes, impone a la propia autoridad judicial pronunciarse inmediatamente sobre la situación jurídica de los imputados sin tener que remitirlo al Ministerio Público para que renueve el acto, pues cualquier elemento que quisiera alegar el Fiscal estaría afectado por la nulidad en razón a la vigencia del principio de legalidad de la prueba prevista en el art. 13 del CPP que señala: “No tendrá valor la prueba obtenida mediante torturas, malos tratos, coacciones, amenazas, engaños o violaciones de los derechos fundamentales de las personas, ni la obtenida en virtud de información originada en un procedimiento o medio ilícito” (las negrillas están añadidas).
- Partes: Luz Mónica Rivero Vera
- I. ANTECEDENTES CON RELEVANCIA JURÍDICA
- REVOCA en parte
- Fragmento 4
- un voto disidente implica un desacuerdo que incide y se traduce en el decisum o decisión, o en una ratio decidendi o rationes decidendis,
- II.2. Naturaleza jurídica de la acción de libertad
- Fragmento 7
- II.3. Exposición de los motivos de la desavenencia
- violaciones de los derechos fundamentales de las personas
- dispuso anular el acta de intervención de la Aduana Nacional de Bolivia que sirvió para tomar la declaración informativa de los imputados y la consiguiente imputación
- REVOCAR en parte
