SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0439/2013-L
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0439/2013-L

Fecha: 05-Jun-2013

denegó

El Juez de Partido de la Provincia Esteban Arze del Distrito Judicial -ahora departamento- de Cochabamba, constituido en Juez de garantías, pronunció la Resolución de 31 de agosto de 2011, cursante de fs. 56 a 57 vta., por la que denegó la tutela solicitada, bajo los siguientes fundamentos: 1) El sólo hecho de haber interpuesto el recurso de reposición, resuelto por decreto de 12 de mayo del señalado año, no limitaba la posibilidad de impugnar aquella resolución vía apelación incidental, más aún si es permisible conforme a los arts. 167, 168 y 169 inc. 3) del CPP, corregir aquella actividad procesal defectuosa absoluta cometida eventualmente en el decreto de 18 de abril y 12 de mayo de igual año, ya que por la naturaleza subsidiaria de la acción de amparo constitucional no es posible ingresar al mismo sin antes haber agotado otros medios para la protección inmediata de sus derechos; y, 2) Teniendo en cuenta que la accionante no agotó los recursos ordinarios previstos por la Constitución Política del Estado y el art. 8 del Pacto de San José de Costa Rica, no corresponde ingresar al análisis de fondo de la acción de amparo constitucional.