SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0494/2013-L
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0494/2013-L

Fecha: 17-Jun-2013

a)

La abogada de la parte demandada en audiencia informó: a) Las universidades públicas son autónomas, tienen sus propios estatutos y normas conforme establece el art. 92 de la CPE, en base a las que se aprobaron y llevaron adelante las elecciones de autoridades universitarias, asimismo los accionantes reconocen resultados y el acta de escrutinio; b) No señalan que artículo del Reglamento establece que la falta de firmas es motivo de nulidad, y si los miembros del Comité Electoral no suscribieron el acta, fue por falta de responsabilidad y si se encontraban en desacuerdo debieron pedir que conste en acta; c) La nulidad deberá ser resuelta por autoridad competente y no así por el tribunal de garantías que no resuelve controversias o problemas que hay que probar; d) De forma escueta alegan la vulneración del derecho al trabajo, empero no fueron privados de éste, por cuanto -hasta la fecha- continúan trabajando a tiempo completo; y, e) Existe una mala interpretación, la suma de ponderación de ambos estamentos es el voto estamentario, misma que debe llegar mínimamente al 50% más uno.