SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0501/2013-L
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0501/2013-L

Fecha: 18-Jun-2013

1)

El accionante por intermedio de su abogado ratificó el contenido de la acción de libertad y ampliándola añadió en audiencia lo siguiente: 1) Los funcionarios de la FELCC, tienen la obligación de hacer conocer a la persona detenida los motivos de su detención, lo que no ocurrió en su caso; 2) No se le permitió tener contacto con su familia; 3) No existen los documentos que respalden la aprehensión; y, 4) Que se ha lesionado su derecho al debido proceso en relación con la libertad, establecido en el art. 115.II de la Constitución Política del Estado (CPE).