Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0501/2013-L
Fecha: 18-Jun-2013
a)
Solicita se admita la acción y: a) Se deje sin efecto la orden de traslado a la ciudad de La Paz; b) Se le informe quien ordenó su detención para poder asumir defensa; y, c) Como medida precautoria solicitó que se ordene la prohibición de su traslado a la ciudad de La Paz, hasta que se lleve a cabo la audiencia de acción de libertad, porque se encontraba con un niño de dos años y no sabía a quien dejarlo.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- : a)
- denegó
- I.3. Consideraciones de Sala
- II.1.
- II.2.
- III.1. Sobre la naturaleza jurídica de la acción de libertad
- el mandamiento de apremio sólo puede ser librado por la autoridad judicial competente
- III.3. El derecho a la libertad personal y el debido proceso
- III.4. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR