SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0507/2013-L
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0507/2013-L

Fecha: 18-Jun-2013

denegó

El Juez Segundo de Sentencia Penal del Distrito Judicial -ahora departamento- de Cochabamba, constituido en Juez de garantías, mediante Resolución de 29 de septiembre de 2011, cursante de fs. 73 a 77 vta., denegó la tutela solicitada, disponiendo la “improcedencia” de la presente acción con los siguientes fundamentos: 1) Que los aspectos reclamados por el accionante deben ser atendidos por el Juzgado ante peticiones expresas, no pudiendo a través de la presente acción, conocerse procedimientos ordinarios; 2) Desarchivado el proceso por asistencia familiar, se procedió a la búsqueda del demandado en los domicilios de la av. Simón López 1086, luego en la av. Capitan Ustariz, para que sea notificado con la liquidación, al no ser habido, previa representación por parte de la Oficial de Diligencias, y juramento de desconocimiento de domicilio que hizo la parte demandante, se ordenó su notificación mediante edictos; 3) Que ninguno de los domicilios referidos fue objetado por el accionante con anterioridad, por el contrario, luego de las notificaciones en dichos domicilios procedió a cancelar las pensiones devengadas; y, 4) Finalmente se ordenó se expida el mandamiento de apremio.