Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0542/2013-L
Fecha: 25-Jun-2013
i)
Ana María Dipp Mukled, en audiencia, expresó: i) La nulidad y la casación son dos “cosas” completamente diferentes; ii) Mediante la presente acción no se podían reclamar aspectos que no fueron reclamados en su oportunidad; y, iii) Se aplica el principio de la convalidación; es decir, que al no observar algo en una de las etapas, a la sucesión de la próxima se convalida toda actuación.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- conceda
- 1)
- i)
- a)
- concedió
- Fragmento 8
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.La acción de amparo constitucional y su naturaleza jurídica
- III.2. Del debido proceso
- III.3. Sobre la motivación y fundamentación de las resoluciones
- III.4. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR