SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0563/2013-L
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0563/2013-L

Fecha: 28-Jun-2013

ARTICULO 45º (Recurso jerárquico)

Las resoluciones denegatorias a los recursos de revocatoria pronunciadas por el Superintendente Forestal podrán ser impugnadas dentro de los 15 días de su notificación, mediante la interposición del recurso jerárquico ante el Superintendente General del Sistema de Regulación de Recursos Naturales Renovables (SIRENARE), el mismo que ordenará se eleven obrados en el día. El Superintendente General pronunciará resolución, la que agotará el procedimiento administrativo, dejando expedita la vía del recurso contencioso-administrativo ante la Corte Suprema de Justicia.

La parte final de este artículo, fue derogada por el artículo Único de las Disposiciones Abrogatorias y Derogatorias de la Ley de reconducción comunitaria en cuanto a la competencia de la entonces Corte Suprema de Justicia, siendo actualmente el recurso contencioso administrativo competencia del Tribunal Agroambiental.