SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0574/2013-L
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0574/2013-L

Fecha: 28-Jun-2013

Fragmento 15

           La jurisprudencia constitucional entre otras en la SCP 0834/2012 de 20 de agosto, señala que conforme la doctrina constitucional, por medio del hábeas corpus traslativo o de pronto despacho, se busca acelerar los trámites judiciales o administrativos cuando existen dilaciones indebidas, para resolver la situación jurídica de la persona que se encuentra privada de libertad, en ese sentido señala que: “La jurisprudencia del Tribunal Constitucional Plurinacional con relación a la tipología de la acción de libertad, a través de las SSCC 0231/2012 de 24 de mayo y la 0017/2012 de 16 de marzo, las cuales reiterando el entendimiento de la SC 1579/2004-R de 1 de octubre, ha señalado que: ´...que el recurso de hábeas corpus -actualmente acción de libertad- «…por violaciones a la libertad individual y/o locomoción, puede ser reparador si ataca una lesión ya consumada, preventivo si procura impedir una lesión a producirse o correctivo si intenta evitar que se agraven las condiciones en que se mantiene a una persona detenida».