SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0688/2013
Fecha: 03-Jun-2013
concedió
La Sala Social y Administrativa del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, constituidos en Tribunal de garantías, mediante Resolución 05/2012 de 15 de enero de 2013, cursante de fs. 38 vta. a 39 vta., se concedió la tutela solicitada, disponiendo la restitución de los accionantes a sus fuentes laborales en el plazo de setenta y dos horas; además de cumplir con todos sus derechos sociales; con el argumento de que las normas del art. 48 de la CPE, protegen a la madre y al progenitor con la inamovilidad laboral, resguardando los derechos primarios de los “recurrentes” pero también del ser en gestación, pues el despido supone también riesgo del derecho a su salud, seguridad social y vida, los que requiere protección inmediata, conforme a las “SSCC 0168/2011-R, 0505/2000-R y 0068/2003-R”.