Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0688/2013
Fecha: 03-Jun-2013
II.3.
II.3. El 26 de octubre de 2012, el Inspector del Ministerio de Trabajo, Empleo y Previsión Social de Santa Cruz, emitió informe dirigido al Jefe Departamental de Trabajo, sugiriendo conminar a los demandados en la presente acción de amparo constitucional, para que cumplan la inamovilidad laboral de los accionantes, de acuerdo a los Decretos Supremos (DDSS) 0012 y 0496 (fs. 4 a 6).