SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0688/2013
Fecha: 03-Jun-2013
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
Los accionantes alegan que los particulares demandados lesionaron los derechos al trabajo y a la inamovilidad laboral de la mujer embarazada y el progenitor, consagrados por los arts. 46, 48 y 49 de la CPE; ya que siendo empleados del restaurante “Pollos Kung Fu” de su propiedad, los despidieron sin tomar en cuenta que ella se encuentra embarazada, mientras que él es progenitor de ese embarazo, por lo que gozan de inamovilidad laboral. En consecuencia, en revisión de la Resolución dictada por el Tribunal de garantías, corresponde dilucidar si tales extremos son evidentes y si constituyen actos ilegales lesivos de los derechos fundamentales o garantías constitucionales previstas a favor de los accionantes, con el objeto de otorgar o denegar la tutela solicitada.