Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0694/2013
Fecha: 03-Jun-2013
a)
El accionante, a través de su defensa técnica, ratificó el tenor íntegro de la acción de libertad, y la amplió, señalando que: a) El Fiscal de Materia, no remitió al Fiscal jerárquico la Resolución de sobreseimiento dentro del plazo previsto por ley, pese a que no existía ninguna impugnación; b) Asimismo, refirió que al ser de profesión médico ginecólogo, solicitó a la autoridad demandada la devolución de sus instrumentos de trabajo secuestrados, quien no hizo nada; c) De la misma forma, indicó estar indebidamente procesado y restringido de su derecho a la libertad; y, d) Amplió la acción contra el Ministerio Público, señalando desconocer qué fiscal está a cargo de su expediente.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de libertad
- III.1.1. Alcance y finalidad
- 1. Su vida está en peligro; 2. Está ilegalmente perseguida; 3. Está indebidamente procesada; 4. Está indebidamente privada de libertad personal
- a) el acto lesivo, entendido como los actos ilegales, las omisiones indebidas o las amenazas de la autoridad pública, denunciados, deben estar vinculados con la libertad por operar como causa directa para su restricción o supresión; b) debe existir absoluto estado de indefensión
- III.4. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR en todo