Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0729/2013
Fecha: 06-Jun-2013
II.2.
II.2. Efectuada la notificación al imputado, se remitió obrados a la Fiscalía de Distrito, institución que nuevamente a través de la Resolución de 21 de diciembre de 2012, devolvió antecedentes, observando que el Fiscal de Materia no se pronunció respecto a los delitos de falsificación y aplicación indebida de marcas y contraseñas y organización criminal (fs. 9).
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.1. Ratificación de la acción
- a)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de libertad y presupuestos de activación
- III.2. Subsidiaridad excepcional de la acción de libertad
- III.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR