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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0743/2013
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0743/2013

    Fecha: 07-Jun-2013

    II.2.

    II.2. En virtud a lo anterior, la mencionada autoridad recusada, pronunció el Auto de 5 de febrero de 2013, por el que rechazó la recusación promovida por el nombrado denunciante, por considerar que la prueba ofrecida por éste, no son acordes a la causal invocada en el art. 316 inc. 5 del CPP, por consiguiente inexistente (fs. 25 a 26).

    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
    • a)
    • denegando
    • II.1.
    • II.2.
    • II.4.
    • II.5.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1.  Naturaleza jurídica de la acción de libertad y presupuestos de activación
    • Fragmento 11
    • III.2.  El principio de celeridad debe concretarse en los trámites de las solicitudes de cesación a la detención preventiva
    • III.3.  Análisis del caso concreto
    • CONFIRMAR

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