Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0763/2013
Fecha: 07-Jun-2013
acción de libertad
En revisión la Resolución 05 de 11 de enero de 2013, cursante de fs. 9 vta. a 12 vta., dentro de la acción de libertad interpuesta por Jeanette Soledad Yucra Alanoca en representación sin mandato de Carmela Alanoca Quispe contra Erwin Jiménez Paredes, Juez Cuarto de Instrucción en lo Penal del departamento de Santa Cruz.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- 1)
- denegó
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Reglas de un debido proceso tratándose de recusaciones en proceso penal
- promovida la recusación, el juez no podrá realizar en el proceso ningún acto, bajo sanción de nulidad.
- se tiene que la prohibición de conocimiento de ulteriores actos procesales una vez promovida la recusación, es un presupuesto aplicable para las recusaciones formuladas en el marco del art. 320 del CPP
- III.2. Análisis del caso concreto
- III)
- CONFIRMAR