Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0763/2013
Fecha: 07-Jun-2013
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
La accionante, estima como vulnerados sus derechos a la libertad y al debido proceso, por cuanto la autoridad demandada nuevamente suspendió la audiencia de cesación a la detención preventiva, incurriendo en dilación, no habiendo instalado ni llevado a cabo dicho acto procesal por haberse presentado recusación en su contra.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- 1)
- denegó
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Reglas de un debido proceso tratándose de recusaciones en proceso penal
- promovida la recusación, el juez no podrá realizar en el proceso ningún acto, bajo sanción de nulidad.
- se tiene que la prohibición de conocimiento de ulteriores actos procesales una vez promovida la recusación, es un presupuesto aplicable para las recusaciones formuladas en el marco del art. 320 del CPP
- III.2. Análisis del caso concreto
- III)
- CONFIRMAR