Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0780/2013
Fecha: 10-Jun-2013
II.4.
II.4. El 11 de enero de 2013, las incidentistas solicitan complementación y enmienda del Auto Interlocutorio Motivado 555/2012 de 5 de diciembre, que rechaza in lìmine la recusación interpuesta en contra del Juez demandado, pidiendo explicación respecto a la fundamentación del art. 321 del CPP, y conocer con exactitud el rechazo in límine resuelto por la autoridad jurisdiccional (fs. 19 y vta.).
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- a)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 11
- suma qamaña
- Fragmento 13
- III.2. El derecho a la libertad personal en la Constitución Política del Estado
- III.2.1. De la acción de libertad
- III.2.2. La acción de libertad en el Código Procesal Constitucional
- III.3. Sobre el debido proceso y el procesamiento indebido
- III.4. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR