SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0814/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0814/2013

Fecha: 11-Jun-2013

II.8.

II.8.  La Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca, en audiencia pública de apelación incidental de medida cautelar dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público, Juan Carlos Muñoz Rosas y Roxana Muruchi Pereira contra el acusado, Luis Fernando Palacios Guerra, por la presunta comisión de asesinato, mediante Auto de Vista 286/2012 de 17 de diciembre, revocó el Auto Interlocutorio 102/2012, emitido por el Tribunal de Sentencia Penal, bajo los siguientes fundamentos: a) El imputado ha sobrepasado el tiempo establecido en el art. 239.3, toda vez que se encuentra detenido preventivamente más de cuarenta meses sin tener una sentencia emitida en forma legal; b) Ha demostrado tener familia (un hijo de 7 años), cuenta con trabajo en su taller de danza, tiene domicilio en Sucre, lo que significa que cuenta con arraigo natural; y, c) El Ministerio Público menos la parte querellante han demostrado que el imputado fuere el causante de actos dilatorios, siendo el propio Estado representado por los fiscales, jueces y tribunales los causantes de la dilación; asimismo, el Ministerio Público ni la parte querellante demostraron  la existencia de peligro de fuga o de obstaculización; y, en consecuencia, ordenó la aplicación de medidas sustitutivas a la detención preventiva a favor del acusado (fs. 83 a 98 vta.).