SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0864/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0864/2013

Fecha: 17-Jun-2013

concedió

La Sala Civil y Comercial Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, constituida en Tribunal de garantías, por Resolución 25/2013 de 19 de febrero, cursante de fs. 53 vta. a 54 vta., concedió la tutela, disponiendo que el demandado, otorgue la documentación peticionada en fotocopias simples y legalizadas en el plazo de setenta y dos horas; Resolución que tuvo los siguientes fundamentos: 1) El art. 128 de la CPE, establece que la acción de amparo constitucional tendrá lugar contra los actos y omisiones ilegales o indebidas de los servidores públicos o de personas individuales o colectivas que amenacen los derechos reconocidos por la Constitución Política del Estado y la ley; y, 2) En el presente amparo, el accionante, denunció la vulneración de su derecho de petición, consagrado en el art. 24 de la CPE, por lo que el Tribunal de garantías, al evidenciar que se suscitó dicha lesión, considera que se debe conceder la tutela solicitada.