SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0867/2013
Fecha: 20-Jun-2013
I.1.1. Hechos que motivan la acción
Dentro del proceso penal seguido en su contra por el Ministerio Público, por la presunta comisión del delito de cohecho activo, el Juez codemandado que ejerció el control jurisdiccional de la investigación, mediante Resolución 018/2013 de 11 de enero, resolvió rechazar su solicitud de cesación de la detención preventiva, sin realizar una correcta valoración de la prueba; toda vez que, a pesar de las pruebas presentadas, el accionante no habría desvirtuando ningún presupuesto procesal que motivaron su detención preventiva.
Contra dicha resolución interpuso el recurso de apelación incidental, habiendo sido resuelto por los Vocales codemandados, quienes mediante Resolución 40/2013 de 20 de febrero, resolvieron confirmar la resolución apelada, con una “total falta de valoración de la prueba” (sic) debido a que compartió los criterios del Juez codemandado, además de realizar opiniones subjetivas sobre los riesgos procesales.
- Fragmento 1
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.1.1. El derecho a la libertad personal en la Constitución Política del Estado
- III.1.2. De la acción de libertad
- III.2. Sobre la valoración de los elementos de convicción para la cesación de la detención preventiva
- III.3. Análisis del caso concreto
- Fragmento 13