Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0872/2013
Fecha: 20-Jun-2013
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
Los accionantes, alegan la vulneración de su derecho al trabajo, por cuanto el 13 de enero de 2013, las oficinas del Concejo del Gobierno Autónomo Municipal de Copacabana fueron violentamente ocupadas por los demandados, quienes rompieron los candados correspondientes a la sala de sesiones, sustituyendo los mismos con otros que impidieron el acceso a las oficinas de otras personas, extremo que fue corroborado por la Fiscal y funcionarios policiales, hecho que fue replicado por las mismas personas el 18 de enero de la misma gestión, sin que puedan sesionar con regularidad en los ambientes que corresponden a dicha instancia institucional municipal.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.3.Intervención del Ministerio Público
- denegó
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La acción de amparo constitucional. Su configuración constitucional
- III.2. Derecho al trabajo
- III.2.1. Jurisprudencia
- III.3.El amparo constitucional ante las medidas de hecho
- III.3.1. Jurisprudencia respecto a las medidas de hecho
- ii) La aceptación de los hechos acusados o que no se desvirtúen los mismos por parte de los demandados
- III.4.
- REVOCAR