SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0885/2013
Fecha: 20-Jun-2013
I.1.1. Hechos que motivan la acción
El 28 de noviembre de 2012, señala el accionante, que antes de ingresar a la audiencia de consideración de medidas cautelares de Carmela Alanoca Quispe, ambos fueron agredidos físicamente por Víctor Hugo Aliaga y Juan Marcelo Aliaga Zamorano -codemandados-; donde, el Secretario informó lo sucedido al Juez Cuarto de Instrucción en lo Penal, que ordenó su arresto por cinco horas en celdas del “Palacio de Justicia”, en menos de dos horas desde que lo arrestara el indicado Juez, a horas 13:50 ante una dolencia en su pecho que aumentó en forma gradual dado que es portador de marcapaso cardiaco, donde los efectivos policiales hoy codemandados, lo trasladaron a la Corporación de Seguro Social Militar (COSSMIL); no obstante, continuaron argumentando que se encontraba “detenido” y que tenían órdenes del Fiscal de Materia -codemandado-, mismo que se apersonó al referido nosocomio junto al médico forense para que emita un informe verbal del estado del ahora accionante.
Posteriormente a horas 19:00, el Fiscal de Materia codemandado ordenó de manera verbal a los efectivos policiales que acompañen a la esposa de Germán Rómulo Cardona Álvarez, con el objeto de conocer el domicilio del hoy accionante y pidieran las boletas de pago de la Cooperativa Rural de electrificación (CRE) y Cooperativa de Servicios públicos de santa Cruz (SAGUAPAC) Ltda., ejerciendo así una persecución indebida.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre los principios ético morales de la sociedad plural y los valores que sustenta el Estado boliviano
- III.2. El derecho a la libertad personal en la Constitución Política del Estado
- III.2.1. De la acción de libertad
- III.2.2. La acción de libertad en el Código Procesal Constitucional
- Fragmento 14
- III.3. Cosa juzgada constitucional, aún cuando exista identidad parcial respecto de la legitimación pasiva
- La constatación de la existencia de cosa juzgada constitucional, se advierte cuando existe identidad de: (1) Partes procesales, referidas a la legitimación activa y legitimación pasiva; y, el (2) Problema jurídico en los que se funda la demanda con otra acción de libertad anteriormente interpuesta y resuelta, precisamente porque la primera sentencia constitucional emitida hizo tránsito a la calidad de cosa juzgada constitucional, por lo mismo, constituye causal de denegatoria
- III.4. Pronunciamiento de la SCP 0249/2013 de 8 de marzo, respecto del fondo del problema jurídico planteado en la presente acción
- III.5. Pronunciamiento de la SCP 0640/2013 de 28 de mayo, respecto de la identidad resuelta en el planteamiento de la presente acción
- Fragmento 19
- III.6. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR en todo