SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0972/2013
Fecha: 27-Jun-2013
Fragmento 2
El 29 de julio del 2011, Gumercindo Álvarez Quiroz, fue detenido por la presunta comisión del delito de abuso deshonesto y en audiencia de medidas cautelares, se determinó la extrema medida de su detención preventiva, ante la subsistencia del riesgo procesal de fuga y obstaculización, el mismo que supuestamente logró desvirtuar con documentación idónea cursante en el cuaderno procesal de investigación; sin embargo, a pesar de haber solicitado por más de seis veces audiencia de cesación de la detención preventiva al amparo del art. 239 inc. 1) del Código de Procedimiento Penal (CPP), estas fueron suspendidas por motivos ajenos a su voluntad, sin que hasta la fecha ninguna de ellas se hubiese realizado, argumentando el Juez “Primero” de Instrucción en lo Penal, al que le correspondía efectuar el control jurisdiccional, que existía recarga laboral, seminarios u otras audiencias programadas para la misma hora; a cuya consecuencia lleva más de veinte meses sin que se pueda considerar la cesación impetrada, vulnerándose sus derechos fundamentales.
- acción de libertad
- Fragmento 2
- I.1.2. Derechos y garantía supuestamente vulnerados
- procedente
- I.2.1. Ratificación de la acción
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURIDÍCOS DEL FALLO
- III.1. Alcance y finalidad de la acción de libertad
- III.2. El principio de celeridad procesal en los trámites vinculados al derecho a la libertad y la denominada acción de libertad traslativa o de pronto despacho
- c)
- III.3. Análisis del caso concreto
- 1° CONFIRMAR
- 2º