Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0974/2013
Fecha: 27-Jun-2013
I.1.1. Hechos que motivan la acción
Refiere que, dentro de la denuncia interpuesta por Emeterio Marín, por la presunta comisión del delito de robo agravado, se encuentra recluido en el centro penitenciario de San Pedro de la ciudad de La Paz, desde hace más de doce meses, por lo que solicitó la cesación a su detención preventiva, misma que no fue considerada ni resuelta en cuatro ocasiones. Asimismo solicita se remita el cuaderno de control jurisdiccional, que se encuentra en el “Juzgado de Instrucción 6° en lo Penal Cautelar” (sic).
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- a)
- 1)
- denegó
- I.2. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. De la finalidad y los alcances de la acción de libertad
- III.2. De la legitimación pasiva
- Para la procedencia del recurso de hábeas corpus, actualmente acción de libertad, se debe observar la legitimación pasiva; es decir, que la acción sea dirigida contra la autoridad, funcionario o persona que cometió el acto ilegal u omisión indebida que atenta contra el derecho a la libertad, o a la vida, ya sea a través de una persecución, procesamiento o detención ilegales o indebidas; vale decir, que se deberá demandar a quien impartió la orden que dio lugar a la persecución, aprehensión, detención, procesamiento o apresamiento indebidos o ilegales, o en su caso, a la que directamente incurrió en los actos u omisiones que derivaron en que la aprehensión o detención sea ilegal o indebida, como por ejemplo pueden darse casos de la ejecución de una orden pero con notoria arbitrariedad al margen de lo encomendado
- III.3. Análisis del caso concreto
- no existe coincidencia entre la autoridad que presuntamente ejecutó el acto ilegal y la que podía corregirla