SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0985/2013
Fecha: 27-Jun-2013
I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
Por AC 010/2013-CA/S-L de 19 de marzo, se dispuso acumular el expediente 02507-2013-06-AL a su similar 02301-2012-05-AL (fs. 79 a 80). Asimismo, se solicitó documentación complementaria mediante Decreto Constitucional de 5 de marzo de 2013, a efectos de brindar un fallo correcto e imparcial, habiéndose reanudado el proceso constitucional a través de Decreto Constitucional de 10 de junio de 2013, reanudándose el plazo para dictar fallo el 14 de junio de 2013 (fs. 95 a 97).
Al no haber encontrado consenso en sala, el proyecto de la Magistrada Relatora Dra. Ligia Mónica Velásquez Castaños, de conformidad al art. 30.I.6 de la Ley del Tribunal Constitucional Plurinacional (LTCP), se procedió a convocar al Presidente del Tribunal Constitucional Plurinacional a fin de dirimir con su voto el caso en análisis.
- acciones de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan las acciones
- I.2.1. Ratificación de las acciones
- a)
- denegó
- denegar
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURIDÍCOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de libertad
- III.2. Extinción de la acción penal en la etapa preparatoria
- III.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR