Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1011/2013
Fecha: 27-Jun-2013
II.4.
II.4. Se cuestiona la constitucionalidad del art. 264 del CF, que dispone: “(Subsistencia de deberes). El deber de mantenimiento y educación a que se refiere el inciso 3 del artículo 258 subsiste después de la mayoridad en beneficio de los hijos que no se hallan en situaciones de ganarse la vida, así como de los que no han adquirido o acabado de adquirir una profesión u oficio, hasta que los adquieran, salvo, en este último caso, que haya culpa grave del hijo”.
- acción de inconstitucionalidad concreta
- I.1.1. Relación sintética de la acción
- revocó
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- II.5.
- III.1. El Estado Social de Derecho y la interpretación de la Constitución
- 1)
- III.2. Los deberes constitucionales
- i)
- a)
- III.4. Juicio de constitucionalidad de la norma impugnada
- CONSTITUCIONALIDAD