Sentencia Constitucional Plurinacional 1042/2013
Fecha: 27-Jun-2013
II.1.
II.1. El 24 de agosto de 2012, dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público a querella de Miguel Cruz Cayo contra Eufrosinon Herrera Lobo, Nelson Corani Alvarez (accionantes), María Elena Sejas Apaza de Gonzales, Patricia Susana Anaya Soto, Mariel Marisol Torrico Suarez, Luis Alberto Guzmán Terceros por los presuntos delitos de falsedad material, falsedad ideológica y otros, Adolfo Garnica Peñarrieta Fiscal de Materia formuló acusación pública contra María Elena Sejas Apaza de Gonzales por la presunta comisión de los delitos de falsedad material y falsedad ideológica, previstos y sancionados por los arts. 198 y 199 del Código Penal (CP), y a Patricia Susana Anaya Soto, Mariel Marisol Torrico Suarez y Luis Alberto Guzmán Terceros, por el presunto delito de incumplimiento de deberes, previsto por la primera parte del art. 154 del CP (fs. 24 a 46).
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- concede
- II.1.
- II.2.
- II.5.
- III.1. Sobre los principios ético morales de la sociedad plural y los valores que sustenta el Estado boliviano
- suma qamaña
- III.2. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.3. Sobre el sobreseimiento
- III.4. Análisis del caso concreto
- conforme a procedimiento
- Fragmento 12