AUTO CONSTITUCIONAL 0127/2013-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0127/2013-RCA

Fecha: 03-Jul-2013

    DISPONER que el Tribunal de garantías de conformidad a lo dispuesto por el art. 30.I.1 del citado Código, conceda a la accionante el plazo de tres días, a objeto de que subsane el requisito observado en el presente Auto Constitucional; y posteriormente, siempre que se hubiere subsanado éste, proceda a ADMITIR la acción de amparo constitucional, sometiendo la causa al trámite conforme a procedimiento en audiencia pública de consideración y se falle según corresponda en derecho.